
¿Indemnización tasada o a la carta? La reforma del despido improcedente que plantea el CEDS modificará el Estatuto de los Trabajadores
Estos últimos días se ha conocido el anuncio de la reciente resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), que considera que la indemnización por despido improcedente fijada en 33 días por año trabajado no siempre cumple con el principio de resarcimiento que establece la Carta Social Europea y el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Alberto Novoa, socio de laboral de RocaJunyent, cree que “la decisión del Consejo Social (CEDS) podría generar reformas significativas en la legislación española, concretamente en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social". Las reformas operadas pueden ir por las siguientes líneas:
En primer lugar, habla de la “extensión del período de indemnización: Se podría aumentar el número de días de indemnización por año de servicio para los despidos improcedentes, superando la limitación actual de 33 días. El Gobierno ya dejó apuntado un retorno a las indemnizaciones anteriores a la reforma del año 2012, esto es, 45 días de salario por año de servicio”.
Otra cuestión que cree que podría revisarse es “el tope de mensualidades: Se podría reconsiderar el tope de 24 mensualidades como límite máximo para las indemnizaciones, retornando como en el caso anterior a un tope superior, el de 33 mensualidades que hubo hasta 2012, pero tengo que reiterar que los argumentos del CEDS no van en la línea de establecer un límite máximo”.
Novoa advierte que “es posible también que se fije una indemnización mínima cualquiera que sea la antigüedad del trabajador: Esto también lo apuntó el Gobierno dejando ver la posibilidad de fijar una antigüedad de 6 meses mínimo en todo caso”.
A su juicio, “esto resolvería el problema de las extinciones de contratos de corta duración, pero no terminaría de cumplir tampoco los postulados de la previsible resolución del CEDS”.
Desde su punto de vista, la reforma podría incluir criterios específicos para calcular las indemnizaciones, teniendo en cuenta factores como la antigüedad del empleado, la edad, y las circunstancias individuales y familiares, etc.
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