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Alerta Roca Junyent

Alerta informativa laboral: Ley 3/2021 de medidas complementarias para paliar los efectos del Covid-19

15/04/2021

Publicada la ley 3/2021, de 12 de abril, por la que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del covid-19

A continuación, se resumen las principales novedades de la Ley 3/2021, de 12 de abril, por la que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19 (en adelante, “Ley 3/2021”).

1. MANTENIMIENTO DE ACTIVIDAD Y DEL EMPLEO EN CENTROS SANITARIOS Y SOCIALES.

Durante la vigencia del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus posibles prórrogas (en adelante, “RD 463/2020”), se entenderán como servicios esenciales, con independencia de la titularidad o el régimen de gestión, los siguientes:

  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios que determine el Ministerio de Sanidad.

Los centros, servicios y establecimientos sociales dedicados a la atención de la infancia y la adolescencia, de personas mayores, de personas en situación de dependencia, de personas con discapacidad, de personas con problemas de adicciones o drogodependencias, o de personas en riesgo o situación de exclusión social y a personas sin hogar, en los términos especificados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
 

2. PRÓRROGA DE LOS ARTÍCULOS 2 Y 5 DEL REAL DECRETO-LEY 9/2020, DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS, EN EL ÁMBITO LABORAL, PARA PALIAR LOS EFECTOS DERIVADOS DEL COVID-19.

Se establece la prórroga de los artículos 2 y 5 del Real Decreto-ley 9/2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

  • El artículo 2 establece la denominada “prohibición de despedir” entendiendo que se consideraran injustificadas las extinciones de contrato y despidos basadas en las causas objetivas que justifican la suspensión de contratos por fuerza mayor o por causas objetivas.
  • El artículo 5 establece la interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales en caso de suspensión del contrato por ERTE.


3. PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO PARA LAS PERSONAS AFECTADAS POR UN EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO ETOP O DE FUERZA MAYOR PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 22 Y 23 DEL RD-LEY 8/2020, DE 17 DE MARZO.

Las Empresas, actuando en nombre de las personas afectadas por ERTES ETOP o de fuerza mayor, deberán iniciar el procedimiento mediante una solicitud colectiva, cumplimentando el modelo proporcionado por el SPEE, incluyendo además la siguiente información de forma individualizada por cada centro de trabajo afectado:

  • Nombre o razón social de la empresa, domicilio, número de identificación fiscal y código de cuenta de cotización a la Seguridad Social al que figuren adscritos las personas trabajadoras cuyas suspensiones o reducciones de jornada se soliciten.
  • Nombre y apellidos, número de identificación fiscal, teléfono y dirección de correo electrónico del representante legal de la empresa.
  • Número de expediente asignado por la autoridad laboral.
  • Especificación de las medidas a adoptar, así como de la fecha de inicio en que cada una de las personas trabajadoras va a quedar afectada por las mismas.
  • En el supuesto de reducción de la jornada, determinación del porcentaje de disminución temporal, computada sobre la base diaria, semanal, mensual o anual.
  • Declaración responsable en la que habrá de constar que se ha obtenido la autorización de la representación legal de las personas trabajadoras para su presentación.
  • Información complementaria que, en su caso, se determine por resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.

La comunicación referida anteriormente deberá remitirse por la empresa en el plazo de 5 días desde la solicitud del ERTE de fuerza mayor a los que se refiere el artículo 22 del RD-Ley 8/2020, de 17 de marzo, o desde la fecha en que la empresa notifique a la autoridad laboral competente su decisión en el caso de los ERTES regulados en el artículo 23 de la misma norma.

El incumplimiento de la comunicación anterior se considerará constitutiva de infracción grave de conformidad con lo establecido en el artículo 22.13 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (en adelante, “LISOS”).

4. ADOPCIÓN DE ACUERDOS EN LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO EN LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS

Cuando por falta de medios adecuados o suficientes, la Asamblea General de las sociedades cooperativas no pueda ser convocada para su celebración a través de medios virtuales, el Consejo Rector podrá asumir la competencia para aprobar la suspensión total o parcial de la prestación de trabajo de sus socias y socios y emitir la correspondiente certificación para su tramitación, en los términos previstos en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

5. LIMITACIÓN TEMPORAL DE LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 22 DEL RD-LEY 8/2020.

La duración ERTES previstos en el artículo 22 del RD-Ley 8/2020 no podrán extenderse más allá del periodo en el que permanezca vigente el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020.

6. RÉGIMEN SANCIONADOR Y REINTEGRO DE PRESTACIONES INDEBIDAS.

De conformidad con la LISOS, podrá ser objeto de sanción:

  • Las solicitudes presentadas por la empresa que contuvieran falsedades o incorrecciones en los datos facilitados por la misma.
  • La solicitud de medidas en relación al empleo que no resultaran necesarias o no tuvieran conexión suficiente con la causa que las origina, cuando dicha circunstancia se deduzca de las falsedades o incorrecciones en los datos facilitados por aquellas y siempre que den lugar a la generación o percepción de prestaciones indebidas o a la aplicación de deducciones indebidas en las cuotas a la Seguridad Social.

El reconocimiento indebido de prestaciones a la persona trabajadora por causa no imputable a la misma, como consecuencia de alguno de los incumplimientos previstos anteriormente, dará lugar a la devolución de las prestaciones indebidamente generadas y, asimismo, la persona trabajadora conservará el derecho al salario correspondiente al periodo de regulación de empleo, con el descuento de la cuantía económica percibida en concepto de prestación por desempleo.

7. FECHA DE EFECTOS DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO DERIVADAS DE LOS ERTES REGULADOS EN LOS ARTÍCULOS 22 Y 23 DEL RD-LEY 8/2020, DE 17 DE MARZO.

  • En los ERTES de fuerza mayor: la fecha de efectos será la fecha del hecho causante de la misma.
  • En los ERTES por causas ETOP: la fecha de efectos será la coincidente o posterior a la fecha en la empresa comunique a la autoridad laboral la decisión adoptada.

8. ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA DE LA NORMA

La presente norma entra en vigor en la misma fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, 13 de abril de 2021. Se ha publicado la Ley 4/2021, de 12 de abril, por la que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19 y que no modifica nada del derogado Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable.

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Laboral
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Roca Junyent y Alexander Hughes

RocaJunyent y Alexander Hughes se alían para asesorar a las empresas en procesos de adecuación organizativa

19/04/2021
  • La alianza entre la consultora de Liderazgo y Organización y el despacho de abogados se produce para dar respuesta a un entorno social y económico de máxima incertidumbre
  • Expertos en derecho laboral y profesionales de los RRHH ofrecen un servicio transversal de adecuación organizativa con el fin de garantizar la eficiencia en el funcionamiento de la estructura empresarial

Madrid, 19 de abril de 2021.- La firma de liderazgo organizativo Alexander Hughes y el despacho de abogados Roca Junyent inician una colaboración para asesorar a las empresas y los organismos públicos en el análisis, la definición y la implantación del modelo organizativo más adecuado para afrontar los retos de un entorno económico y social de máxima incertidumbre. Este asesoramiento transversal de consultores de RRHH y abogados laboralistas busca garantizar la eficiencia en el funcionamiento de la estructura empresarial.

El actual entorno social y económico, marcado por la pandemia del Covid-19, es de máxima incertidumbre. La sociedad se enfrenta a uno de los mayores retos colectivos de los últimos años, y dotar de certeza a las decisiones es el grial al que todos, desde organizaciones supranacionales, como gobiernos, empresas e individuos, aspiran. A todo lo anterior, se une la necesidad de legislar y dirigir como eje vertebrador necesario para la gestión social y empresarial. Y es en el ámbito empresarial, donde la necesidad de dirección y certeza es más necesaria que nunca.

En este contexto, el diseño de Modelos Organizativos es clave para mejorar el rendimiento de las empresas. Esto se traduce en un análisis del grado de alineación entre la estrategia y el contexto organizativo de las compañías con el objetivo de proporcionar el mejor diagnóstico y análisis sobre los puestos de trabajo, diseñando la estructura y reglamentos óptimos para una buena gestión y los procedimientos a seguir, con el objetivo de mejorar la productividad de las organizaciones. En definitiva, se trata de dotar a las organizaciones de una estrategia reflexionada, marcos organizativos sólidos, y personas alineadas y comprometidas para ayudarlas a hacer frente al actual entorno y a los retos que están por venir.

En palabras de Jaime Bonals, Managing Partner de Alexander Hughes, y Joan Roca, presidente ejecutivo de Roca Junyent, “este acuerdo pretende ofrecer un servicio de adecuación organizativa integral gracias a la complementariedad de los conocimientos técnicos de ambas firmas, y absolutamente personalizado a las necesidades de cada cliente.”

Los profesionales de ambas firmas involucrados en el desarrollo de la solución atesoran una amplia experiencia asesorando empresas de distintos sectores de actividad, tanto en la transformación organizativa y cultural, como en el asesoramiento legal en el desarrollo de la actividad o la búsqueda de los directivos necesarios para la implantación estratégica.

Con una sólida base de clientes en un amplio espectro de sectores, ambas firmas trabajan con el sector público y empresas tanto cotizadas como familiares ayudando tanto a los inversores institucionales como propietarios en procesos de M&A, reestructuraciones societarias y laborales, en materia contractual, rediseño estratégico, transformación cultural y políticas para la consolidación y el desarrollo directivo.

Alexander Hughes y Roca Junyent ofrecen sus servicios a nivel nacional, a través de las oficinas de ambas firmas y también a través de oficinas asociadas de Roca Junyent en Palma de Mallorca, Lérida, Tarragona, Málaga, Sevilla, Bilbao, Burgos y Valladolid.

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Laboral
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Chambers_Rocajunyent

RocaJunyent y sus profesionales destacados en las guías Europe, Global and Fintech Legal de Chambers and Partners

25/03/2021
  • Los profesionales Joan Antoni Borràs y Marlen Estévez así como el área de Propiedad Intelectual, distinguidos en la edición 2021 del directorio.   
  • En total, 11 letrados y 7 áreas y sectores de especialización han sido reconocidos por la guía internacional.    

RocaJunyent afianza su posición en las ediciones Global, Europe y Fintech Legal del directorio internacional Chambers and Partners. En total, 7 de sus áreas de práctica y sectores de especialización junto con 11 de sus profesionales se encuentran destacados en la guía.

El directorio inglés Chambers and Partners en su edición europea ha destacado las áreas de Corporate/Commercial (Barcelona), Dispute Resolution (Barcelona), Employment (Barcelona y Spain), Restructuring/Insolvency (Barcelona y Spain), Intellectual Property (Spain) y Tax (Spain).

En cuanto a los profesionales, destacan Miquel RocaJunyent, Joan Roca Sagarra, Albert Rodriguez, Alex Santacana, Blanca Usón, Raúl Salas, Roberto Vallina, Blanca Cortés, y, por primer año a Joan Antoni Borràs y Marlen Estévez, socios de los departamentos de Reestructuraciones y Litigación y Arbitraje de la firma.

Con relación a la edición Global del directorio, respecto al ejercicio 2020, el departamento Intellectual Property (Spain) accede al directorio destacando por su “sólida reputación del departamento por trabajar junto a arquitectos, músicos y creadores de obras audiovisuales” así como “un equipo que maneja registros de marcas comerciales, mandatos de transferencia de tecnología y acciones por infracción de derecho de imagen o marcas registradas en jurisdicciones extranjeras”.

Entre los profesionales destacados en la edición Global se encuentran Joan Roca (Corporate/M&A), Blanca Cortés (Intellectual Property) y, por primer año, Marlen Estévez (Dispute Resolution).

Por último, en la guía Chambers and Partners Fintech, RocaJunyent afianza su posicionamiento en el directorio manteniendo su posición tanto en el área que destaca por su “experiencia al servicio del sector bancario y financiero” “RocaJunyent reúne la competencia multidisciplinaria de sus abogados para servir a sus clientes Fintech con un alto nivel” como con su profesional destacado, Xavier Foz, socio del departamento Bancario Financiero y con una gran experiencia en el ámbito Fintech.

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Rocajunyent

RocaJunyent, uno de los mejores despachos para trabajar según Great Place to Work

22/03/2021
  • La inclusión en el ranking Best Workplaces Legal 2021 supone la calificación de RocaJunyent como excelente lugar para trabajar, basándose en la percepción de su equipo de profesionales, las buenas prácticas implementadas y las políticas de cultura organizacional

 

  • El 80% de los colaboradores/as de la firma consideran que se les da suficiente responsabilidad en sus posiciones

 

  • El 87% del equipo se siente orgulloso de los logros de sus áreas y del conjunto del despacho

 

Madrid, 22 de marzo de 2021 – RocaJunyent es uno de los mejores despachos para trabajar en España, según la consultora Great Place to Work@. La firma es uno de los despachos destacados en el ranking Best Workplaces Legal 2021, en su primera edición, junto a otros seis despachos con oficinas en España.

Tras un diagnóstico del ambiente organizacional, que incluye un cuestionario global a todos los socios, abogados y profesionales de organización, el despacho ha obtenido el reconocimiento que acredita que es una firma con una cultura de alta confianza, capaz de atraer y retener talento en el sector legal.

En concreto los resultados de la encuesta desvelan que el 80% del equipo profesional del despacho considera que se confía en ellos, y que esto se traduce en que se les da suficiente responsabilidad en el desarrollo de su trabajo. Los resultados de la encuesta también indican la importante apuesta del despacho por el fomento de la diversidad, la igualdad y la integración. En este sentido, el 80% de los profesionales de RocaJunyent afirman que pueden ser ellos mismos en su lugar de trabajo, un factor que valoran de forma muy positiva.

También el valor de equipo ha sido especialmente valorado en la encuesta. Tanto es así que el 87% del equipo de colaboradores del despacho afirma que cuando ve lo que se logra, en sus departamentos o en el despacho, se siente orgulloso. Además, 8 de cada 10 profesionales afirma que se sintió muy bien acogido cuando se incorporó a la firma.

Entre las principales estrategias puestas en marcha por la firma destacan aquellas relacionadas con la diversidad, impulsadas por el Comité de Igualdad, Diversidad e Integración (CIDI). En este sentido, el despacho promueve acciones vinculadas a la conciliación de la vida profesional y familiar, así como acciones de sensibilización y fomento de la cultura de la conciliación y la corresponsabilidad. Asimismo, y más allá de las necesidades surgidas con motivo de la pandemia del covid-19, el despacho ha realizado una apuesta por la flexibilización horaria y el teletrabajo para todos sus equipos profesionales.

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Rocajunyent

RocaJunyent, entre los mejores despachos para trabajar según Best Workplaces Legal España 2021

18/03/2021

GPTW Spain    Accede al ranking Best Workplaces Legal España 2021

  • Great Place To Work® presenta, en colaboración con Gericó, Muro & Asociados la primera edición del Ranking Best Workplaces Legal 2021
     
  •  Esta certificación reconoce anualmente a los despachos participantes como lugares de trabajo ejemplares, basándose en la percepción de sus propios empleados

RocaJunyent, CMS Albiñana & Suárez de Lezo y Garrido Abogados aparecen, entre otros, en el el Ranking de las Mejores Empresas para Trabajar en el sector legal en 2021, elaborado por la consultora Great Place To Work®, y en colaboración con Gericó, Muro & Asociados. Este certificado reconoce por primera vez a los despachos que han querido participar en el proceso como lugares de trabajo ejemplares, basándose en la percepción de los empleados. Para esta primera edición de 2021, se han analizado 21 despachos, lo que implicó contar con la opinión de 2541 trabajadores.

Cuáles son los Best Workplaces Legal

En esta primera edición del Ranking Best Workplaces Legal se encuentran, por orden alfabético, Afiens, Alier By Grupo Atisa, Auren, Baylos, CMS Albiñana & Suárez de Lezo, Garrido Abogados y RocaJunyent.

Estos despachos han logrado hacer partícipes a sus profesionales de los valores,cultura y misión, lo que supone que cada empleado esté dispuesto a dar más de sí mismo para desempeñar su trabajo, y el fomento de entornos de trabajo basados en la corresponsabilidad.

La confianza, motor de la excelencia laboral

Great Place To Work® España ha elaborado el Ranking Best Workplaces Legal a través de un minucioso proceso de análisis, evaluación y certificación. Para Great Place To Work®, la Confianza es el principio más importante que define a los Excelentes Lugares para Trabajar y se basa en la credibilidad de la dirección, elrespeto y la manera en que se sienten tratados los empleados. Su modelo Trust Index© o Índice de Confianza mide el nivel de Confianza dentro de una organización, lo que revela si los empleados están alineados con los objetivos de la empresa e identifica las áreas en las que es necesario redefinir la cultura de la compañía. Así, Great Place To Work® ayuda a las empresas a alcanzar los objetivos corporativos, creando entornos laborales positivos e incrementando su capacidad de negocio.

“Estamos muy orgullosos del trabajo que han realizado los despachos presentes en este ranking por hacer crecer sus negocios con los empleados en el centro de su estrategia. Han sido capaces de maximizar el potencial humano de su equipo a través de un liderazgo eficiente, valores con sentido y una cultura en la que todos los empleados confían en la organización, ” explica Silvia González, Responsable del Ranking Best Workplaces Legal.

Además, estos despachos destacan por los siguientes aspectos:

  • El 81% de los empleados de los Best Workplaces Legal se siente orgulloso de su trabajo, equipo y organización
  • El 89% de sus profesionales afirma ser tratado de forma igualitaria sin importar su edad, nacionalidad, sexo o condición sexual
  • El 80% de los empleados de los mejores despachos afirma que pueden coger tiempo de su trabajo para asuntos personales cuando lo necesitan
  • El 82% de los profesionales de los mejores despachos considera que sus superiores representan los valores que persigue la compañía. Y un 85% afirma que los superiores llevan el negocio honesta y éticamente.
  • El 80% de los empleados afirma que se siente bien por la forma en que su organización contribuye a la sociedad.
  • El 70% de los empleados de los mejores despachos considera que sus superiores les mantienen informados/as sobre temas y cambios importantes.
  • El 77% considera que les ofrecen formación y otras formas de desarrollarse para crecer profesionalmente.

Para más información Ranking Best Workplaces Legal

Alerta Bancario y financiero Roca Junyent

Alerta informativa: Divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros

15/03/2021

Alerta informativa sobre el Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros. 

El miércoles 10 de marzo de 2021 ha comenzado a ser aplicable el Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (el “Reglamento”), que establece las bases que deben seguir los participantes en los mercados financieros y asesores financieros, en materia de divulgación de información a los inversores finales sobre la integración de los riesgos de sostenibilidad, sobre el análisis de las incidencias adversas en materia de sostenibilidad, sobre los objetivos de inversión sostenible o en la promoción de las características ambientales o sociales, en la toma de decisiones de inversión y en los procesos consultivos.

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Bancario y Financiero
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International Comparative Legal Guide

International Comparative Legal Guide

International Comparative Legal Guide

Nuestros socios, Natalia Martí y Xavier Costa, han colaborado en la guía "The International Comparative Legal Guide"  redactando el apartado de España relativo a Fusiones y Adquisiciones.

 

Puedes acceder a la guía en el pdf adjunto.

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M&A y Mercantil
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Taxation Review

The Inward Investment and International Taxation Review, edition 11

Raúl Salas, Pilar Vacas, Elena Ferrer-Sama y Javier de Diego han participado en la 11ª edición de The Inward Investment and International Taxation Review escribiendo el capítulo relativo a España.

Puede consultar el documento en el pdf adjunto (sólo disponible en inglés).

Archivo
Taxation review 11 (362.18 KB)

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Fiscal
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RocaJunyent

RocaJunyent, partner de la Universidad Pontificia Comillas para premiar la mejor iniciativa universitaria en legaltech

25/02/2021
  • La firma participará en la 8ª edición del concurso-programa Comillas Emprende a través del Premio “RocaJunyent Tech”
     
  • A través de este acuerdo de colaboración, impulsado por el Comité de Innovación de RocaJunyent, el bufete se sitúa a la vanguardia de las últimas novedades en el sector legal

La firma de abogados RocaJunyent y la Universidad Pontificia Comillas han cerrado un acuerdo de colaboración por el que el bufete se convertirá en partner del Concurso-programa Comillas Emprende. De esta forma, RocaJunyent será el único despacho de abogados en participar en la iniciativa universitaria, que busca impulsar el emprendimiento entre sus estudiantes.

La octava edición del concurso contará con el premio “RocaJunyent Tech”, un reconocimiento a la mejor iniciativa tecnológica en productos y servicios legaltech. La mejor idea de negocio en esta área recibirá un premio de 1.000 euros, así como un año gratuito de gestoría fiscal y laboral, la cesión de un espacio a modo de incubadora en las oficinas de RocaJunyent así como asesoramiento personalizado sobre la constitución de una start-up. El premio ofrecido por la firma complementa los otros galardones otorgados por compañías como Iberdrola, Indra y Everis.

Para Mª Paz Gil, Responsable de la Unidad de Emprendedores de la Universidad Pontificia Comillas, “este acuerdo supone un importante impulso para Comillas Emprende, que se reafirma así como una iniciativa válida para trasladar el talento de nuestros estudiantes a la resolución de los grandes retos sociales, y de forma especial, una excelente oportunidad para diseñar  soluciones tecnológicas innovadoras en un sector complejo, rígido y tradicional, como es el jurídico”.

"Desde la comisión de innovación de RocaJunyent estamos muy contentos de ser el primer despacho que se suma a la octava edición del concurso de ideas Comillas Emprende para impulsar el emprendimiento en la comunidad universitaria. Para ello, hemos creado este premio, con la voluntad de reconocer la mejor iniciativa tecnológica con vocación de ofrecer producto legaltech.”, asegura Marlen Estévez, Co-Directora del Departamento de Innovación de RocaJunyent.

La colaboración entre el despacho y la Universidad Pontificia Comillas ha sido impulsada por el Comité de Innovación de RocaJunyent, en el marco de su adaptación a los constantes cambios a los que se enfrenta el sector legal. El Comité de Innovación del bufete trabaja para impulsar y estar a la vanguardia de las novedades que se producen en el mercado legal.  

Al respecto, Marlen Estévez explica que “para que el sector evolucione, es fundamental que este cambio de mentalidad empiece a gestarse desde la universidad, y proyectos como el de Comillas Emprende son grandes catalizadores del mismo”. “Tenemos que desarrollar el talento emprendedor y la cultura de la innovación en el mundo legal y encontrar soluciones innovadoras para afrontar con éxito los retos a los que se enfrenta el sector jurídico”, añade.

Los esfuerzos de RocaJunyent en el ámbito de la innovación y el legaltech se vio recompensada en la 3ª edición del Global Legal Hackathon, en la que el equipo de la firma ganó en la categoría de private benefit, así como en GLH Inclusivity Challenge con el software Iqualex.

Impuesto patrimonio

Impuesto sobre el patrimonio: Posible vulneración del principio constitucional de capacidad económica

El Impuesto sobre el Patrimonio puede suponer, en determinadas circunstancias, una vulneración del principio de capacidad económica, reconocido en el artículo 31 de la Constitución Española debido a que podría llegar a tener alcance confiscatorio.

Nuestros socios, Manuel Silva y Jordi Guarch, junto a la abogada Susana Patricia Rodríguez analizan en este informe si el Impuesto sobre el Patrimonio podría vulnerar o no el principio de capacidad económica.

 

Puedes acceder al informe completo en el pdf adjunto.

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