Vimeo Twitter Linkedin RSS
propiedad intelectual futbol

inf sost 22

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

inf sost22

 Real Decreto-ley 6/2023

Transformaciones Legales: Análisis Detallado del Real Decreto-ley 6/2023

08/01/2024

En fecha 20 de diciembre de 2023, se ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2023 que trae consigo importantes reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y novedades de índole procesal.

El mencionado Real Decreto, se divide en cuatro libros, donde destaca el Libro I, en el cual se recogen las medidas de eficiencia digital y procesal para facilitar la intervención de los ciudadanos a las actuaciones judiciales.

Las principales reformas se basan en las siguientes:

Respecto a la modalidad presencial para la realización de actuaciones judiciales y actos procesales, se modifica el apartado 2 y se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 129 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se produce una reforma notoria respecto a la modificación de la cuantía de las reclamaciones por vía del juicio ordinario con la modificación del artículo 249.2. incrementando a 15.000,00.-€ la cuantía para tramitarse el juicio ordinario, salvo las salvedades del artículo 249.1.

La modificación afecta, a su vez, al artículo 250, respecto a aquellos procedimientos en los que se ha de seguir la vía del juicio verbal e introduciendo nuevos supuestos de demanda que se han de tramitar específicamente por esta vía, cualquiera que sea su cuantía.

Atendiendo a la modificación antes descrita de ampliación de la cuantía del juicio ordinario, se amplía hasta los 15.000.-€ aquellos juicios que por razón de la cuantía se han de seguir por la vía del juicio verbal.

Se añaden 3 nuevos casos concretos que se han de seguir por la vía del juicio verbal, pasando de 13 supuestos a 16.

También se produce una importante reforma respecto al apartado 337.1. del anuncio de dictámenes cuando no se puedan aportar con la demanda o con la contestación, ya que, en la anterior regulación se han de expresar en una u otra los dictámenes de que, en su caso, pretendan valerse, que habrán de aportar, para su traslado a la parte contraria, en cuanto dispongan de ellos, y en todo caso cinco días antes de iniciarse la audiencia previa al juicio ordinario o de la vista en el verbal.

La aprobación del Real Decreto trae consigo la modificación de una gran variedad de artículos de la LEC, resumiendo en este post, los que pueden ser los de mayor trascendencia

La entrada en vigor de estas reformas procesales se producirá el próximo 20 de marzo de 2024 atendiendo a la Disposición Final 9ª.2.2ª, que establece:

No obstante, las previsiones contenidas en el título VIII del libro primero y en las disposiciones finales primera, segunda y cuarta, entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Las modificaciones realizadas en la Ley de Enjuiciamiento Civil se encuentran dentro de este título VIII del Libro Primero del Real Decreto.

 

Acceso a la nota informativa completa

Publicado en

Litigación, Arbitraje y Mediación
ley de paridad

El camino hacia la paridad: La nueva Ley Orgánica y su impacto en la representación empresarial

21/12/2023

El 5 de diciembre de 2023 el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Paridad (Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres), iniciándose su tramitación parlamentaria.

El Proyecto, que transpone la Directiva (UE) 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de las Cortes Generales el 15 de diciembre.

La norma establece que los consejos de administración de las empresas incluidas dentro de su ámbito de aplicación deberán tener una composición acorde con el principio de paridad, de modo que el número de mujeres no podrá ser inferior al 40% del total de miembros del consejo.

Las empresas a las que afectará la norma una vez aprobada son: (i) empresas cotizadas y (ii) entidades consideradas de interés público conforme a la Ley de Auditoría de Cuentas a partir del ejercicio siguiente al que concurran los siguientes requisitos: (a) que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250 y (b) que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 50 millones de euros o el total de las partidas de activo sea superior a 43 millones de euros.

Las sociedades que no cumplan esta obligación deberán ajustar los procesos de selección de forma que se establezca un procedimiento no discriminatorio para garantizar la consecución de dicho objetivo.

En el caso de las empresas cotizadas, el incumplimiento de estas disposiciones se considera una infracción grave, que puede dar lugar a la imposición de sanciones e incluso a la suspensión de la cotización en bolsa y amonestación pública. Las multas pueden alcanzar el mayor de los siguientes importes:

(a) El triple del beneficio bruto obtenido como consecuencia de los actos u omisiones en que consista la infracción,

b) El 2 por 100 de los recursos propios de la entidad,

c) el 2 por 100 del total de los fondos, propios o ajenos, empleados en la infracción, o

d) 300.000 euros.

El Proyecto también establece el principio de igualdad de género en los puestos de alta dirección para las empresas cotizadas, con el objetivo de alcanzar el 40% del sexo menos representado. En caso de incumplimiento de la obligación, deberá explicarse los motivos y medidas adoptadas, conforme al principio “comply or explain”.

 

Acceso a la nota informativa completa

Archivo
Ley de Paridad (165.61 KB)

Publicado en

Mercado de Capitales
grupo RocaJunyent

RocaJunyent y sus despachos asociados crean el grupo RocaJunyent

19/12/2023
  • Joan Roca, presidente ejecutivo de RocaJunyent, presidirá la nueva sociedad, que suma un volumen de negocio de más de 38 M€
  • La colaboración iniciada en 2019 se afianza ahora con la creación del Grupo RocaJunyent para toda España

Barcelona, 19 de diciembre de 2023. RocaJunyent y los despachos del Grupo BMyV Abogados (Gaona, Palacios y Rozados, IparBilbao, Sanz Lomana-Puras, Hernando Lara Abogados, SGS Abogados y Riutord Advocats) han formalizado la alianza estratégica que iniciaron en 2019 con el objetivo de ampliar su presencia y servicios en España y consolidar el proyecto de negocio bajo una misma marca. El acuerdo contempla la creación del Grupo RocaJunyent, sociedad presidida por Joan Roca Sagarra -también presidente ejecutivo de RocaJunyent-, que aglutina los despachos bajo una misma marca en el territorio nacional y que suponen un volumen de negocio de más de 38,5 millones de euros a cierre de 2022.

El acuerdo eleva el compromiso entre los despachos, que en el Grupo RocaJunyent comparten un proyecto corporativo a través de una sociedad conjunta en la que participan todas las firmas, con RocaJunyent como socio de control. El consejo de Grupo RocaJunyent está formado por 7 miembros, de los cuales, 3 son aportados por RocaJunyent. Son Manuel Camas (Gaona Palacios y Rozados), Carlos Ais (IparBilbao), secretario del Consejo, Luis Vicente Puras (Sanz Lomana Puras & Asociados) y Silvia Giménez Salinas (SGS). Representarán a RocaJunyent Joan Roca, presidente también del Grupo RocaJunyent, Josep Pujolràs y Natalia Martí.

Esta operación consolida la buena sintonía mostrada entre los despachos desde el inicio de su alianza en 2019, y supone un paso adelante en la estrategia de crecimiento nacional de RocaJunyent que, bajo una única marca, ofrecerá servicios en Andalucía (Málaga y Sevilla), País Vasco (Bilbao), Castilla y León (Burgos y Valladolid), Extremadura (Badajoz) y Baleares (Riutord) además de en Madrid y Cataluña.

Los despachos asociados a RocaJunyent cuentan con 50 profesionales y 23 socios. El Grupo RocaJunyent alcanza en su conjunto los 320 profesionales, de los cuales 250 son abogados, y 65 socios.

En palabras de Joan Roca, presidente de Grupo RocaJunyent, “estamos muy satisfechos con el acuerdo, que nos permite ganar capilaridad en España para servir a los clientes de todo el Grupo con una mejor vinculación y oferta de servicios en todos los puntos donde tenemos oficinas, lo que, además, beneficia el impulso que está teniendo RocaJunyent en Madrid”

Por su parte, Manuel Camas, presidente de RocaJunyent Gaona Palacios y Rozados, ha manifestado que “es un orgullo para los despachos hasta ahora asociados a RocaJunyent unir fuerzas con una firma de reconocido prestigio como es RocaJunyent y seguir consolidando la alianza que forjamos en 2019”.

Cabe destacar que los socios de las firmas de BMyV son o han sido decanos de los colegios de abogados de sus respectivas provincias como Pablo Luis Hernando Lara (Hernando Lara Abogados) fue Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Burgos; Carlos Fuentenebro Zabala (IparBilbao Abogados) fue el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Vizcaya; Nazario Oleaga (IparBilbao Abogados) fue Decano del mismo colegio entre 2003 y 2013; Silvia Giménez-Salinas (SGS Abogados) es decana emérita del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona; Manuel Camas Jimena (Gaona Abogados) es decano emérito del Colegio de Abogados de Málaga; y Enrique Sanz Fernández-Lomana (Sanz-Lomana Puras y Asociados) fue Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid.

 

 

 

Sostenibilidad corporativa

Análisis de la propuesta de Directiva Europea sobre Diligencia Debida de las empresas en materia de sostenibilidad

07/12/2023

El pasado 9 de junio publicamos en nuestro blog una alerta informativa tras la aprobación del Parlamento Europeo de las enmiendas presentadas a la propuesta de Directiva de Diligencia Debida de las empresas, la “CSDD” (también conocida como “CS3D” o “CSDDD”) en materia de sostenibilidad realizada por la Comisión Europea en febrero de 2022 que dio lugar al comienzo de negociaciones “tripartitas”.

Con el comienzo de la fase de trílogos se espera dar respuesta a las incertidumbres que subsisten y que el texto definitivo pueda contribuir eficazmente a proteger los derechos humanos, con el foco en el trabajo infantil y la explotación de los trabajadores, y el medio ambiente, la contaminación y la pérdida de biodiversidad.

En RocaJunyent, nuestro departamento de ESG analiza algunos de los puntos más relevantes de la propuesta en el siguiente documento.

Carles Calafell

RocaJunyent promociona a socio a Carles Calafell

01/12/2023

Calafell cuenta con una trayectoria de 16 años en el equipo Fiscal de la firma

 

Barcelona, 1 de diciembre de 2023. RocaJunyent ha promocionado a Carles Calafell a socio del Departamento de Fiscal, una de las áreas más relevantes y reconocidas de la firma. Con la promoción de Carles Calafell, el área Fiscal del despacho alcanza los 8 socios y 27 profesionales.

Calafell cuenta con una dilatada experiencia en el asesoramiento jurídico-fiscal a grupos nacionales y multinacionales, empresas familiares, startups y business angels. El nuevo socio tiene amplios conocimientos sobre el asesoramiento fiscal a empresas en el ámbito de la tributación de impuestos directos, indirectos y locales, y en lo referente a la administración tributaria. También cuenta con amplia experiencia en procesos de optimización tributaria y en el diseño y ejecución de operaciones de reestructuración societaria y cambios generacionales en las empresas familiares así como en la asistencia en procesos de inspección ante la Administración.

Con la llegada de Carles Calafell a la sociatura, la firma completa las promociones a socio del ejercicio 2023, año en que también han sido promocionadas las socias del departamento Inmobiliario, Esther Boix, y del departamento Fiscal, Pilar Vacas.

 

 

 

Publicado en

Fiscal
Profesionales relacionados
libre competencia

Nueva norma de la Asociación Española de Normalización sobre los sistemas de gestión de compliance en materia de libre competencia

23/11/2023

El pasado 22 de noviembre de 2023, la Asociación Española de Normalización (“UNE”) ha aprobado una nueva norma referente a los sistemas de gestión de compliance en materia de libre competencia (PNE 19603).

Al tratarse de una norma de la UNE; es de índole privada, y por tanto, no goza de carácter oficial; sin embargo, como es sabido, las diversas normas ISO-UNE en materia de compliance representan los principales referentes a los que ajustarse por parte de aquellas empresas que deseen implementar sistemas de gestión de cumplimiento normativo verificables por terceros.

En esencia, la norma establece toda una serie de directrices y requisitos para el establecimiento, implementación, evaluación y mantenimiento continuo de los sistemas de gestión de cumplimiento normativo en materia específica de Defensa de la libre Competencia. Su finalidad es, por tanto, alinear los sistemas de compliance con la legislación aplicable en España y la UE sobre esta importante materia.

Se aplica a cualquier organización, independientemente del tamaño, tipo, naturaleza de su actividad, y su carácter público o privado.

Las directrices y requisitos establecidos por la Norma podrían clasificarse en dos grandes bloques.

Por un lado, en el primer bloque, la Norma proporciona toda una serie directrices y obligaciones para la organización y sus órganos de gobierno y alta dirección, con respecto al funcionamiento y ejecución del propio sistema de compliance.

Por otro lado, en el segundo bloque se establecen las directrices relativas al propio sistema o programa de compliance.

 

 

Acceso a la Nota Informativa completa

Publicado en

Derecho de la UE y de la Competencia
Reales Decretos que desarrollan Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y Servicios de In-versión

Análisis Reales Decretos que desarrollan Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión

21/11/2023

El pasado 8 de noviembre de 2023 se publicaron en el BOE los cuatro reales decretos aprobados por el Consejo de Ministros, para desarrollar el cuerpo normativo de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión.

A continuación, se detalla de forma sucinta las principales novedades y modificaciones que incorpora cada uno de los reales decretos:

Real Decreto 813/2023

  • Desarrolla el régimen aplicable a todas aquellas entidades que prestan servicios de inversión tras los cambios introducidos en la Ley 6/2023, de 17 de marzo, adaptando la normativa a la Directiva 2019/2034/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019.
  • Modifica el capital inicial de las empresas de servicios de inversión.
  • Detalla los requisitos para empresas de servicios de inversión no autorizadas en un Estado miembro de la Unión Europea que presten servicios de inversión en España.
  • Dispone que las empresas de asesoramiento financiero nacional podrán seguir prestando servicios sin pasaporte siempre que cumplan con unos requisitos financieros específicos.
  • Simplifica los requisitos de organización interna y funcionamiento, con diferenciación entre aquellas entidades que realizan negociación algorítmica y aquellas que realizan acceso electrónico directo.
  • Actualiza determinadas disposiciones aplicables a los proveedores de servicios de datos.

Real Decreto 814/2023

  • Deroga el Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre; el Real Decreto 361/2007, de 16 de marzo; el Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre; el Real Decreto el 1464/2018, de 21 de diciembre; y la Orden EHA/3537/2005, de 10 de noviembre. 
  • Desarrolla el marco regulatorio aplicable a los mercados de valores, las obligaciones y derechos de los agentes que participan en ellos y el régimen de supervisión y sanción de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (la “CNMV”).
  • Contempla la verificación de los requisitos de admisión a negociación de los valores no participativos por parte de los organismos rectores de los mercados regulados en línea con lo previsto en la Ley 6/2023, de 17 de marzo.
  • Elimina la obligación aplicable a los depositarios centrales de valores de contar con un sistema de información para la supervisión de la negociación, compensación, liquidación y registro de valores negociables.
  • Limita la responsabilidad de la entidad directora a las ofertas públicas de venta dirigidas a clientes minoristas.
  • Desarrolla el régimen jurídico de la representación de valores negociables mediante anotaciones en cuenta.

Real Decreto 815/2023

  • Regula la potestades y facultades administrativas de supervisión que legalmente le son atribuibles a la CNMV para el cumplimiento de sus fines.
  • Detalla los registros públicos oficiales que la CNMV deberá establecer y mantener.
  • Regula las relaciones de cooperación interadministrativas que deben guiar la actuación de la CNMV cuando ejerza competencias que puedan afectar a la autoridad de otras agencias supervisoras, ya sean nacionales, europeas o de terceros estados.
  • Concreta las situaciones en las que la CNMV o el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, cooperarán, garantizando el intercambio de información con otras autoridades competentes de la UE, con la Junta Europea de Riesgo Sistémico y otros integrantes del Sistema Europeo de Supervisión Financiera.
  • Introduce especialidades en cuanto al ejercicio de potestades y facultades de supervisión sobre las empresas de servicios de inversión (la CNMV someterá a revisión los sistemas, estrategias, procedimientos y mecanismos aplicados por las empresas de servicios de inversión).

Real Decreto 816/2023

  • Modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva con el objetivo de introducir mejoras en el régimen jurídico de la inversión colectiva española.
  • Añade disposiciones para desarrollar un procedimiento que regule las manifestaciones de interés para designar, respectivamente, a una nueva gestora y/o depositario que sustituyan a la gestora y/o depositario que se encuentren en situación de concurso, revocación o suspensión.
  • Añade una serie de modificaciones respecto a los riesgos y factores de sostenibilidad que deben tenerse en cuenta en relación con los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM).

 

 

Best lawyers

RocaJunyent mejora su posición y coloca a 64 de sus abogados en Best Lawyers

16/11/2023

La publicación otorga el galardón de Abogado del Año a Xavier Foz Giralt en Project Finance and Development Practice y a Miquel Roca Junyent, presidente de honor de la firma, en Financial Institutions.

El despacho cuenta con 55 Best Lawyers y coloca a 9 de sus profesionales entre los “Ones to Watch”

Los abogados distinguidos por Best Lawyers este año representan 31 especialidades

Barcelona, 16 de noviembre de 2023. RocaJunyent incrementa el número de profesionales en el ranking Best Laywers. En total, 55 cuentan con el distintivo Best Lawyers, mientras que 9 han sido identificados como Ones to Watch, categoría que anticipa a aquellos profesionales jóvenes con mucho recorrido en la profesión. Los profesionales de la firma han sido destacados en hasta 31 áreas jurídicas.

En esta edición, la publicación ha galardonado como Abogado del Año al socio Xavier Foz Giralt en el ámbito de Project Finance and Development Practice. Asimismo, Best Lawyers otorga a Miquel Roca Junyent la distinción por su labor en Financial Institutions.

 

Nuevos reconocimientos

Entre los profesionales que añaden reconocimientos en nuevas áreas están los socios Íñigo Cisneros Humaran (Administrative Law) y Beatriz Rodríguez Gómez (Privacy & Data Protection Law). Por su parte, los abogados Joaquim Botanch Albó, Francesc Vila i Rodríguez y Patricia Triviño Rodríguez suman reconocimientos en esta edición en Tax Law, Administrative Law e Insolvency and Reorganization Law, respectivamente.

Finalmente, los abogados Eric Calero Martín (Corporate and Mergers and Acquisitions Law), Jaume Hernández Hernández (Tax Law) y María Aragón Granizo (Corporate and Mergers and Acquisitions Law) han pasado a formar parte del ranking Ones to Watch.

Archivo
Best Lawyers (139.4 KB)

LIDL - PDF Presentación departamento de Real Estate

Suscribirse a